sábado, 27 de abril de 2013


MUJERES VICTIMAS DE LA VIOLENCIA DE GENERO TENDRÁN MAS PROTECCIÓN GRACIAS AL GOBIERNO NACIONAL

El Decreto 2733 establece los requisitos necesarios para hacer efectiva la deducción de impuestos definida en la Ley 1257 de 2008, la cual aplica a los contribuyentes obligados a presentar declaración de impuestos y complementarios que, en su condición de empleadores, ocupen a trabajadoras mujeres víctimas de violencia comprobada y procede por un término de máximo tres años a partir de la fecha en que se inicia la relación laboral.

La situación de violencia de género se comprobará a través de sentencias condenatorias ejecutoriadas por delitos de violencia intrafamiliar, violencia sexual, acoso sexual o lesiones personales, cuya víctima sea la mujer contratada. Así mismo, por sentencias ejecutoriadas que demuestren el detrimento patrimonial o económico de la mujer víctima que será contratada, o cuando ésta sea beneficiaria de una medida de atención y/o protección, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 4799 de 2011 y el Decreto 2734 de 2012.

ESCRITO POR MARIO A. PÉREZ
PUBLICADO POR: PSICÓLOGA COMISARÍA DE FAMILIA MANZANARES