MUJERES VICTIMAS DE LA VIOLENCIA DE GENERO
TENDRÁN MAS PROTECCIÓN GRACIAS AL GOBIERNO NACIONAL
El Decreto
2733 establece
los requisitos necesarios para hacer efectiva la deducción de impuestos definida
en la Ley
1257 de 2008, la
cual aplica a los contribuyentes obligados a presentar declaración de impuestos
y complementarios que, en su condición de empleadores, ocupen a trabajadoras
mujeres víctimas de violencia comprobada y procede por un término de máximo
tres años a partir de la fecha en que se inicia la relación laboral.
La situación de violencia de género se
comprobará a través de sentencias condenatorias ejecutoriadas por delitos de
violencia intrafamiliar, violencia sexual, acoso sexual o lesiones personales,
cuya víctima sea la mujer contratada. Así mismo, por sentencias ejecutoriadas
que demuestren el detrimento patrimonial o económico de la mujer víctima que
será contratada, o cuando ésta sea beneficiaria de una medida de atención y/o
protección, de acuerdo con lo establecido en el Decreto
4799 de 2011 y
el Decreto
2734 de 2012.
ESCRITO POR MARIO A. PÉREZ
PUBLICADO POR: PSICÓLOGA COMISARÍA DE FAMILIA MANZANARES